Fortalecer la reinserción social
La pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 20.587, que modifica el régimen de libertad condicional y establece, en caso de multa, la pena alternativa de trabajos comunitarios, y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 20.603, que modifica la Ley Nº 18.216, que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, consiste en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad, coordinadas por un delegado de Gendarmería de Chile.
Es en este contexto, que en la sesión de Concejo del 16 de octubre, se firmó el Convenio de Colaboración en Materia de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad entre la Municipalidad de San Fernando y Gendarmería de Chile, representadas por el alcalde subrogante, Sergio Salazar y el Director Regional Eduardo Muñoz Bravo, respectivamente, incorporándose de esta forma el municipio a la iniciativa de carácter nacional.
En el convenio de colaboración, aprobado en la 19° sesión ordinaria, celebrada el 9 de octubre, las partes acuerdan el establecimiento de cooperación mutua y generación de condiciones para la implementación y posterior ejecución de la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Para ello, la Municipalidad de San Fernando, dentro del ámbito de sus competencias y fines, compromete la entrega de plazas de servicio voluntario y no remunerado a Gendarmería de Chile, destinadas a que las personas condenadas a la pena sustitutiva, cumplan la sanción penal impuesta, realizando actividades que van en directo beneficio de la comunidad o de personas en situación de precariedad. En tanto, Gendarmería compromete la entrega de un número mensual de diez usuarios al mes, que se enmarcan en actividades orientadas a ejecutar labores en los departamentos de Servicios Generales, Dirección de Obras Municipales, SECPLAN, DIDECO, Casa de la Cultura, Cementerio, Gimnasio Techado, Estadio Municipal Jorge Silva Valenzuela y cualquier otra que las partes definan de mutuo acuerdo.
El acuerdo, firmado por dos años, tiene por finalidad promover actitudes pro-sociales y atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas, que por resolución de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad y los servicios en beneficio de la comunidad que presten los condenados deberán reportar una mejora a la sociedad o un beneficio a personas en situación de precariedad de la comuna.
.