En la región de O’Higgins: Solo el 20% de los clientes con deuda eléctrica se ha acogido a la Ley de Servicios Básicos

Editado por Gety Pavez Vidal
0 comentarios

  La ley permite realizar convenios de pago de la deuda hasta en 48 cuotas mensuales, sin intereses, sin multas, ni gastos asociados. 

 
 
Un nuevo llamado a que las personas puedan acceder a los beneficios que otorga la Ley de Servicios Básicos, realizó CGE a las familias de la región de O’Higgins. Esto dado que, a noviembre de este año, solo 7.792 clientes han solicitado el convenio para repactar su deuda, correspondiente al 20% del total de clientes que mantienen impagas sus cuentas de electricidad por temas relacionados a la pandemia y sus efectos.
 
La ley N° 21.249, cuya vigencia culmina este 31 de diciembre, establece que las empresas de servicios básicos, entre ellas las distribuidoras eléctricas, no podrán cortar el suministro de electricidad por no pago, entregando facilidades para regularizar esas deudas. Actualmente los clientes pueden convenir el pago de su deuda en hasta 48 cuotas mensuales, sin intereses, multas, ni gastos asociados. 
 
Álex Lobos, gerente zonal de la compañía, reforzó el llamado a los clientes para que se informen sobre las alternativas que están disponibles, dado que en la región de O’Higgins presentan morosidad mayor a 45 días un total de 39.021 clientes. 
 
“Invitamos a las personas que están en alguna situación compleja y que no han podido cancelar su deuda eléctrica, a que soliciten este convenio directamente a través de los canales de contacto de la compañía, tales como el sitio web www.cge.cl o el fono gratuito 800 800 767”, señaló el ejecutivo.
 
Según lo que establece la ley, para acceder al convenio es requisito encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: 
Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
Ser adultos mayores.
Ser trabajadora o trabajador acogido a la Ley de Protección del Empleo.
Encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía.
Ser trabajadora o trabajador independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración sim
 

Deja un comentario