El seremi del Trabajo y Previsión Social, Sergio Salazar valoró la entrada en vigencia de la ley que otorga el día sábado libre de descanso en el caso de las trabajadoras puertas adentro y reduce la jornada de los trabajadores(as) de casa particular puertas afuera de 72 a 45 horas semanales
“Al entrar en vigencia la ley 20.786, que regula las jornadas de trabajado de las trabajadoras de casa particular, nos permite seguir apoyando a las mujeres en su incorporación al mundo del trabajo en condiciones de igualdad”
Agregó, “Con esta nueva legislación nos ponemos al día con las Trabajadoras de Casa Particular, igualando sus derechos al resto de los trabajadores del país. En Chile no existen trabajadores de primera y segunda categoría. Todos somos iguales, y el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet velará porque se respeten los derechos de todos los trabajadores”.
A su vez, el director regional del Trabajo, Juan Carlos González hizo un llamado para cumplir con la normativa y registrar los contratos de las trabajadoras, “en nuestra región hay 5.219 contratos registrados por lo que es importante recalcar que los que no están inscritos, deben registrarse en el registro nacional, que se encuentra en la plataforma web de la Dirección del Trabajo, www.Direcciondeltrabajo.cl”.
Aseveró, “Nuestro país ha estado en deuda con las Trabajadoras de Casa Particular, y vamos a ser muy exigentes en el cumplimiento de la Ley”.
Lineamientos generales de la Ley
Entre los aspectos a considerar estos cambios contemplan que en primer debe existir un Contrato de Trabajo, mediante el cual se indique el tipo de trabajo y domicilio donde se prestarán los servicios. Junto con ello, este se debe registrar en la Inspección del Trabajo y queda prohibido imputar el alojamiento y la habitación dentro de la remuneración. Además de la prohibición del uso obligatorio de uniforme en espacios públicos y prohibición de reducir la remuneración de forma unilateral.
Descanso Dominical y Jornada laboral
En el día de hoy entro en vigencia la nueva normativa que regula los descansos para las 237 trabajadoras registradas con la modalidad puertas adentro y las 1.776 que cumplen su labor puertas afuera en la región.
En este sentido para quienes trabajan puertas adentro la normativa establece que tendrán derecho a descanso los días sábado, domingo y festivos. En tanto, para las trabajadoras puertas afuera, que no viven en el domicilio del empleador, el descanso semanal incluye los días domingo y festivo de cada semana.
A contar del 23 de noviembre de 2015, la jornada de los trabajadoras de casa particular puertas afuera será de 45 horas semanales, que se podrán distribuir hasta en un máximo de 6 días. En esa línea, las partes podrán voluntariamente acordar hasta un máximo de 15 horas semanales adicionales, las que deberán ser remuneradas con un recargo no inferior al 50%.
Respecto de las trabajadoras puertas adentro, la Ley establece que deben tener un descanso de 12 horas diarias, con un mínimo de 9 horas ininterrumpidas y no faculta al empleador a rebajar unilateralmente la remuneración como consecuencia de la reducción de la jornada de trabajo o aumento de días de descanso dispuesto en la ley 20.786.
Nueva modalidad de Contratos de Trabajo
A partir del 23 de noviembre, los empleadores deberán comenzar a modificar sus registros en virtud de la entrada en vigencia del cambio de 72 a 45 horas. En los horarios laborales de las trabajadoras puertas afuera. Esta nueva normativa dispone –entre otras cosas- que los contratos de trabajo de todos y todas las trabajadoras, puertas afuera o adentro, jornada completa o parcial, deben registrarse en las oficinas de la Inspección del Trabajo.
Este trámite es obligatorio para todos los contratos. Para las nuevas contrataciones, hay un plazo de 15 días para realizarlo y en el caso de los 350 mil empleadores que ya cuentan con una asesora, deberán realizar la inscripción manteniendo la antigüedad de la trabajadora.