Hasta ahora Lipo Black 6 estaba siendo comercializado en gimnasios de la región como suplemento alimenticio. A consecuencia de esta información, la Dra. Daniela Zavando, SEREMI de Salud O´Higgins junto al jefe de Acción Sanitaria Dr. Nelson Adrian y un grupo de fiscalizadores visitaron los gimnasios de la región, donde la orden por resolución es retirar del mercado el Lipo Black 6 y similares, por parte de quien lo distribuye o expende.
El primer lugar inspeccionado por la Autoridad Sanitaria fue el Gimnasio “Sport 9”, ubicado en la Avenida San Juan de la comuna de Machalí, donde no se encontró venta de dicho producto en cuestión. De todas formas los fiscalizadores entregaron a la administración la resolución, con el objetivo que puedan informar a los personal trainer de la medida. Esta actividad también se realizó en establecimientos de otras comunas de la región de O´Higgins por parte de jefes de las oficinas sectoriales de Acción Sanitaria de Rengo, San Vicente, San Fernando, Santa Cruz y Pichilemu.
Sobre el Lipo 6 Black, la jefa de la cartera de salud de la región, comentó que “no hemos terminado nuestra tarea, seguiremos con las fiscalizaciones, Lipo Black 6 es riesgoso para la salud de las personas. Hago un llamado a la conciencia de las personas que venden este tipo de productos, como también a los deportistas que suelen ocupar estos quemadores de grasas, que se asesoren médicamente antes de decidir el consumo de productos de esta naturaleza, ya que puede traer serios problemas a la salud”.
Prohibición de funcionamiento Gimnasio Energy
En visita al Gimnasio “Energy”, donde no se encontró a la venta el Lipo 6 Black, la inspección tuvo por resultado la prohibición de funcionamiento. Lo anterior a consecuencia de deficiencias sanitarias que afectan tanto a los socios como a los trabajadores.
Al respecto la Dra. Daniela Zavando expresó que “quienes disfrutan del deporte como clientes, así como los trabajadores de este establecimiento, tienen derecho a desarrollar sus actividades en las condiciones sanitarias adecuadas de higiene y comodidad, cuyos estándares mínimos están garantizados por ley. La falta de aseo en los baños de los clientes, los extractores de aire en malas condiciones, extintores vencidos, riesgos asociado a obras de construcción no concluidas, además de la falta de baños operativos para los trabajadores, entre otras deficiencias, ameritan esta prohibición de funcionamiento”.
Cabe destacar que las condiciones ambientales y sanitarias básicas de los lugares de trabajo se encuentran normados en el Decreto Supremo 594.
Finalmente, la Dra. Zavando concluyó: “Hemos venido por Lipo Black 6, pero lamentablemente tuvimos que prohibir el funcionamiento, hasta que subsanen las deficiencias sanitarias”.