CGE DISTRIBUCIÓN informa a sus clientes la entrada en vigencia del límite de invierno

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 De acuerdo a normativa legal vigente
 Considerando que se acerca el periodo invernal y que desde abril hasta septiembre rige el denominado "Límite de Invierno", los clientes de CGE DISTRIBUCIÓN recibieron en su boleta información respecto de esta medida.

El límite de invierno es una disposición implementada por la autoridad  para regular el aumento del consumo de electricidad que ocurre en los meses de invierno (1 de abril al 30 de septiembre), y se aplica sólo a clientes con tarifa BT1, vale decir, para la gran mayoría de los clientes residenciales. 
Cabe explicar que cada cliente tiene su propio límite de invierno, el cual corresponde al promedio de consumo de los meses de verano (octubre a marzo) más un 20%. Todos los clientes de CGED están exentos de este sobrepago hasta un consumo mensual de 430 kWh, por sobre este consumo se aplica el criterio antes mencionado.  

¿Cuándo se aplica?

Cada vez que los consumos mensuales efectuados en el periodo comprendido entre abril y septiembre sobrepasan los 430 kWh/mes, se aplicará el cargo por energía adicional de invierno” a los consumos que excedan su límite de invierno. 
CGE DISTRIBUCIÓN recomienda a sus clientes hacer un uso eficiente de la energía adoptando diferentes medidas que contribuyen a ello, como por ejemplo: aprovechar al máximo la luz natural, apagar las luces que no se estén ocupando, usar ampolletas eficientes que ahorran energía, ya que una ampolleta eficiente de 20W ilumina lo mismo que una ampolleta de 100W, procurar instalar luces de encendido automático en lugares de menor tránsito, entre otras acciones.